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opinión publicada

Empresas recuperadas o empresas al «mejor» postor . Inasa Foil en Sabiñanigo


Es normal oír que tal empresa ha cerrado, que está en concurso de acreedores y todo eso que tiene la crisis. También oímos que si hay que emprender y crear empresas. Lo que ya no oímos o casi es anecdótico es empresas que se salvan porque los trabajadores se convierten en dueños. Lejos estamos del movimiento argentino y latinoamericano, como el que sale en el documental de Naomi Klein La Toma de 2004.

El cierre de una fábrica para una multinacional no es lo mismo que la pérdida de una fábrica para un pueblo o una ciudad pequeña. Como es el caso de Inasa Foil en Sabiñanigo (Huesca). Esta fábrica fue la primera planta de tratamiento de aluminio en España. Su historia es un reflejo industrial del siglo XX y su devenir al XXI. Inaugurada en 1925 con capital francés al calor de la conexión ferroviaria con Francia y la electrificación del Pirineo. En 1975 tenía 718 empleados, con las reconversiones de los 80 se integra en Inespal y en 1998 es privatizada. Se vende al mayor grupo mundial del aluminio Alcoa. Que en el 2008 y con eso de la crisis decide que se vende. La compra una empresa de capital riesgo BAVARIA Industriekapital AG y el caso es que cuando se declara la quiebra, se le acusa que no ha invertido ni un euro en la planta y que esta es rentable, pues exporta el 70% de su producción en 2013. Ha tenido varios nombre pero es la misma factoría. Alugasa, Inespal, Inasa Foil, Laminados del Serrablo.

Los trabajadores de la planta de Sabiñanigo presentaron la oferta antes de fin del 2013 para hacerse con la factoría bajo el nombre de Aludesa como sociedad laboral de 84 de los 100 empleados. Por 3,2 millones de euros. Siendo numerosos los apoyos obtenidos. Aunque no es la única oferta que tienen la administración concursal. La oferta del mayor grupo de capital nacional el Grupo Alibérico presidida por Gonzalo Clemente es la que mas ha gustado a los administradores pero para los trabajadores supone una oferta claramente insuficiente por capital y por trabajo.

Hay otras plantas de esta industria en venta de Alcoa como la de Alicante que también pretende el Grupo Alibérico. Es decir que tenemos un campeón nacional en expansión. Pero Aludesa es una empresa pequeña y que responde a los que la trabajan. Ambos modelos juegan en la misma liga, y ambos solo responden con su viabilidad. El mejor postor no sera el que ponga mas dinero sobre la mesa, sino el que de un mejor futuro  y mejor proyecto. Por tanto todo queda pendiente de la decisión del Juzgado.

photo credit: Antonio Herrera via photopin cc

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Diccionario económico opinión publicada

SL en ESP vs LTD en GB


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Es recomendable comparar datos como el que ofrece la infografia, comparando la Sociedad Limitada en la legislación española comtra la LTD en la legislación Británica. Desde luego aunque el artículo del blog trabajardesdecasasi.com no deja lugar a dudas porque estamos en el puesto 142 del ranking Doing Bussines del Banco Mundial a la hora de abrir un negocio y Gran Bretaña en el 28. Pero para consolarnos de un año a otro hemos empeorado los dos España en el informe anterior estaba en la posición 136 y GB en el 18. Igual simplemente es que la globalización está mejorando la facilidad para comerciar en muchos países.

La Ley de Emprendedores no ha mejorado esto, tampoco nadie lo esperaba. La aportación de capital de cara a pedir un préstamo no sirve, si te la dan es con avales. Pongamos otras comparaciones odiosas

No creo que vaya hacer pensar mucho, solo que tenemos mucho que reformar si se quiere facilitar la creación de empresas. Un monumento para quién cada mañana abre  la persiana de un negocio. No son noticia.

photo credit: dawe2k5 via photopin cc

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opinión

La reforma tributaria que nos viene, según los rumores que nos llegan.


Evolución impuestos en España

Generado por: Actibva

Este gráfico es un poco antiguo y no incluye el como esta la tributación ahora, pero sabemos que sigue la tendencia de subir los tipos de tributación en IVA, IRPF y bajar para sociedades .

La tributación en renta por CCAA está así

Tipos-irpf-def

Que es lo que nos llega de esta reforma fiscal, no incluyo lo que digan los políticos con fines claramente electorales.

  • Que no ha de bajar la cantidad recaudada.
  • Una bajada muy moderada de los tipos impositivos en IRPF.
  • Eliminación de las deducciones fiscales. Esto irá tanto a IRPF como sobretodo en Impuesto de Sociedades (IS). No seria de extrañar de eliminación de la deducción de compra de vivienda con financiación ajena.
  • Reorganización de los bienes incluidos en los tipos reducidos y superreducidos de IVA. Lo que supone una subida de facto del IVA.

Y esta reforma fiscal hay que recordar que tiene que cumplir lo que se firmó para el Rescate Bancario. No hay que olvidar que hemos sido rescatados (no como Grecia, Irlanda o Portugal) ya que se firmó un Memorando de Entendimiento (MoU) y en el punto 29 dice lo siguiente:

«Existe una estrecha relación entre los desequilibrios macroeconómicos, las finanzas públicas y la solidez del sistema financiero. Por ello, los progresos realizados en cuanto a la aplicación de los compromisos adoptados conforme al Procedimiento de Déficit Excesivo (PDE), y de las reformas estructurales, a fin de corregir los desequilibrios macroeconómicos detectados en el marco del Semestre Europeo, se vigilarán estrecha y regularmente, en paralelo con el proceso de revisión formal previsto en el presente Memorando»

Esto está para que se devuelvan los 40.000 millones de euros que se usaron para el rescate bancario. El resto es mercadotecnia.

 

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Renta 2013

Fechas para liquidación de la Renta 2013


  1. fechas renta 20131 de abril 2014 : Inicio de solicitud de borradores y confirmación no presencial es decir por internet, sms, cajeros o por teléfono. Si es a ingresar la opción solo puede ser domiciliando.
  2. 23 de abril 2014: Inicio de confirmación de declaraciones hechas con programa PADRE, pero solo por internet.
  3. 05 de mayo de 2014: es el inicio de la campaña «normal» es decir pasando por bancos etc. Pedir cita previa…
  4. 25 de junio 2014 : último día para domiciliar el pago.
  5. 30 de junio 2014: fin para presentar la declaración.
  6. 5 de noviembre 2014: último día para pagar el fraccionamiento de renta si se paga en dos veces. La domiciliación se hace este día.

Recordar el uso del calendario del contribuyente, ya que el desconocimiento de una norma no es eximente.

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Educación financiera

¿Quién guarda las gallinas? La educación financiera en las aulas (para blog de Cristianisme i Justicia)


¿Quién guarda las gallinas? La educación financiera en las aulas (para blog de Cristianisme i Justicia)

Después de las burbujas financieras, las ventas de preferentes y otras historias como el Fórum filatélico, podemos afirmar que vivimos en un país de analfabetos financieros. No es algo exclusivo de aquí, lo podemos aplicar a cualquier país en el que se haga una encuesta de cultura financiera. El Banco de España (BdE) y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CMNV) desde 2008 llevan a cabo un plan para extender la educación financiera y de acuerdo con el Ministerio de Educación tienen la intención de introducir la materia de formación financiera en la ESO. También existe la asignatura de fomento del emprendimiento.

Y sobre estos dos temas (educación financiera y emprendimiento) tengo algunas cuestiones.

¿Quién debe llevar la educación financiera a las aulas?

La función es de las autoridades educativas, pero creo adecuado que no sea sólo de ellas. Hacerlo con ayuda de los profesionales del sector financiero, en principio, parece coherente. En Cataluña y en Castilla-La Mancha se lleva a cabo un programa que, organizado por una escuela de negocios y varios bancos, lleva a empleados de banca a los colegios para hablar de productos financieros, crédito, nóminas, pago con tarjetas… Yo a los profesionales que conozco sin duda alguna les animaría a que se apuntasen a participar en este programa. Pero me da miedo que se puedan cruzar en una clase empleado bancario e hijos/as de una persona que haya sido desahuciada de su vivienda. Podemos pensar que es una casualidad más rebuscada, pero puede pasar.

Uno se imagina que a un programa escolar se lleva a un terapeuta para prevenir el consumo de drogas, a un policía para hablar de seguridad o a un profesional sanitario para hablar de primeros auxilios. No ponemos a un zorro a vigilar a las gallinas. Es una exageración, pero espero que se entienda.

El tener herramientas de cultura financiera incide de forma significativa en los retos que tendrán que afrontar las familias en el futuro para hacer frente al día a día, a la vivienda y a la jubilación, por ejemplo. Los estudios en EEUU demuestran correlación entre tasas altas de ahorro y tener una educación financiera o al consumidor en la juventud.

Creo que es conveniente que el apoyo a la educación financiera en las aulas no venga de los bancos. Tiene que venir de nuevos agentes sociales que sean más neutrales comercialmente. Y los bancos deben asegurar una buena formación a sus comerciales y gestores, pero en dentro de las sucursales bancarias. Con el simple hecho de que cumplan con a su deber (canalizar el ahorro y dar crédito) y no hagan uso de paraísos fiscales en su operativa, ya me daría por satisfecho como política de responsabilidad social.

¿Por qué hablar tanto de emprendimiento?

Desde 2011 se materializan las asignaturas de empleo y emprendimiento, pero éstas no se centran, por ejemplo, en explicar qué es un plan de empresa y hacer prácticas para poder sacar  un negocio adelante. Leyendo los objetivos de la asignatura nos damos cuenta de que lo que están promoviendo realmente es que los jóvenes se preparen para aceptar el mercado de trabajo actual, lo cual conlleva carreras profesionales fragmentadas en empresas y sectores diversos y un considerable aumento del número de autónomos y freelance. Por supuesto, todo ello aderezado con la aniquilación de la negociación colectiva y el arrinconamiento de los sindicatos. En la línea que apuntan la modernidad líquida de Zygmunt Bauman y la segunda modernidad de Ullrich Beck. No busques trabajo, créalo.

Hay múltiples llamamiento a los emprendedores, a las start ups… Aunque la idea puede ser buena, si se quiere mejorar el emprendimiento ahora hay mejores medidas. Recordar que en el índice Doing bussines del Banco Mundial pasamos del puesto 136 a 142, en lo que se refiere en la apertura de negocios, en el último año.

La educación, en definitiva, es el modo cómo se socializa a los pequeños en la tribu. No es solo una mera formación de trabajadores. ¿Qué queremos? ¿Ciudadanos responsables de la sociedad o meros reproductores del sistema? Los primeros pueden tener opción a que no se repitan los escándalos de la banca en la que tan fielmente se confió. Por tanto ¿a quién pondremos a cuidar las gallinas?

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Renta 2013

Tratamiento de las minusvalias en el IRPF. Apuntes de normativa.


La integración de los minusválidos en la sociedad o mejor dicho la adaptación de la sociedad a todos los individuos, mas alla de su etiquetas, es algo que es dificil. Ya sea por su coste o porque hasta hace bien poco al diferente se le esconde o se le ignora.

En la legislación fiscal del IRPF tiene un amplio tratamiento derivado de mucha reivindicaciones y de la Ley de Depencia. A continuación pongo una recopilación de este tratamiento fiscal a este colectivo. El anuncio de una reforma fiscal para los próximos años no ha dicho nada de que pasara de momento. Pero lo que nos llega es que se tenderá a acabar con todas las deducciones y así se simplificará el impuesto. Espero que no sean malas noticias.

Definición

A los efectos del Impuesto sobre la Renta, tienen la consideración de discapacitados aquellos contribuyentes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Acreditación

El grado de discapacidad deberá acreditarse mediante certificado o resolución expedido por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) o por el órgano competente de las Comunidades Autónomas.

Se considerará acreditado un grado de discapacidad:

  1. Igual o superior al 33%, a los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad  permanente total, absoluta o gran invalidez y a los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
  2. Igual o superior al 65%, cuando se trate de discapacitados cuya incapacidad haya sido declarada judicialmente en el orden civil, aunque no alcancen dicho grado.

Rentas extentas (algunas)

  • Las prestaciones económicas reconocidas por la Seguridad Social:
    • Como consecuencia de Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez.
    • Prestaciones familiares reguladas en el Capítulo IX, Título II del RD-Legislativo 1/1994 y las pensiones y haberes pasivos a favor de nietos y hermanos incapacitados para todo trabajo.
  • Las cantidades percibidas de instituciones públicas con motivo del acogimiento de personas con discapacidad, en modalidad simple, permanente o preadoptivo o las equivalentes previstas en los ordenamientos de las CCAA.
  • Las ayudas económicas otorgadas por instituciones públicas a personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65% para financiar su estancia en residencias o centros de día, siempre que el resto de sus rentas no excedan del doble del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM para 2012: 7.455,14 euros. LÍMITE: 14.910,28 euros).
  • Las prestaciones por desempleo cuando se perciban en la modalidad de pago único, cualquiera que sea la cuantía de éste, por trabajadores discapacitados que se conviertan en trabajadores autónomos cualquiera que sea su cuantía.
  • Las prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y asistencia personalizada que deriven de la Ley de promoción de la autonomía personal y atención en situación de dependencia 
  • No tendrán la consideración de renta las cantidades percibidas como consecuencia de las disposiciones que se hagan de la vivienda habitual (hipoteca inversa) por parte de las personas que se encuentren en situación de dependencia severa o gran dependencia, siempre que se lleve a cabo de conformidad con la regulación financiera relativa a los actos de disposición de bienes para asistir a las necesidades económicas de vejez y de la dependencia. La exención también se aplica cuando se transmite la nuda propiedad de la vivienda habitual, reservándose el titular el usufructo vitalicio de la misma.

 Reducciones en rendimientos del trabajo para trabajadores minusválidos en activo

 Se tiene que cumplir que el trabajador acredite, estar en activo y el grado de minusvalia, entonces:

Igual o superior al 33% e inferior al 65% 3.264 €
Igual o superior al 33% e inferior al 65% que acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida 7.242 €
Igual o superior al 65 % 7.242 €

 Para saber mas adjunto el link del folleto publicado por Agencia Tributaria de toda la normativa fiscal para minusválidos de la Renta del 2012

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Educación financiera

Educación financiera supone igualar oportunidades


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Educación financiera

Noticias “La educación financiera es una habilidad tan necesaria como leer y escribir”, Annamaria Lusardi


Noticias “La educación financiera es una habilidad tan necesaria como leer y escribir”, Annamaria Lusardi (Fuente: Noticias Jóvenes- Instituto Ciencias de la Comunicación (Zaragoza)

«Menos de la mitad de la población de países desarrollados es capaz de responder a tres preguntas básicas sobre un sencillo porcentaje, sobre la inflación y sobre cómo diversificar el riesgo»

  1. Si tienes 100 euros en una cuenta de ahorro que te da un interés del 2% anual y lo dejas crecer, ¿cuánto dinero tendrás dentro de cinco años?».
    1. Más de 102 euros
    2. 102 euros
    3. menos de 102 euros
    4. no sé; no quiero responder.
  2. Imagina que el interés de tu cuenta de ahorro es del 1% al año y que la inflación anual es del 2%. Después de un año con el dinero en esta cuenta, podrías comprar…
    1. más que hoy
    2. exactamente lo mismo que hoy
    3. menos que hoy
    4. no sé; no quiero contestar.
  3. ¿La siguiente afirmación es verdadera o falsa?: La compra de acciones de una sola compañía por lo general proporciona un retorno más seguro que un fondo de inversión de valores».

Haz este test y piensa que como dijo Derek Bok: «Si crees que la educación es cara, prueba con la ignorancia».

Conferencia en la Fundación Areces Ciclo de conferencias: «Educación financiera». En colaboración con IE Business School.

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IVA

Novedades tributarias metidas en los PGE 2014: IVA (copiar – pegar)


El desglose en bruto introducido en los Presupuestos Generales del Estado en el IVA  para el año 2014 (en formato control c + control v)

Las modificaciones que se introducen en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA) obedecen a una doble finalidad:

  • A la adecuación de la Ley del Impuesto a la Directiva comunitaria, en determinados supuestos que han sido objeto de observación por la Comisión Europea o derivan de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
  • A una corrección técnica, en cuanto a los aspectos procedimentales y de gestión del impuesto en los procedimientos administrativos y judiciales de ejecución forzosa.

Con efectos de 1 de enero de 2014 y vigencia indefinida:

  1. Exenciones en operaciones interiores

    El artículo 74 modifica el número 8º del apartado Uno del artículo 20 LIVA para suprimir el límite máximo de seis años de edad a la hora de aplicar la exención a los servicios de custodia y atención a niños prestados por entidades de Derecho Público o entidades o establecimientos privados de carácter social.

  2. Lugar de realización de las prestaciones de servicios

    El artículo 75 modifica el apartado Dos del artículo 70 LIVA para aplicar la regla especial de uso efectivo a determinados servicios que se entienden realizados, conforme a las reglas de localización aplicables a los mismos, en Canarias, Ceuta y Melilla pero cuya utilización o explotación efectivas se realicen en el territorio de aplicación del impuesto, considerándose prestados en dicho territorio y quedando sujetos al IVA.

    Los servicios a los que resulta aplicable la regla de uso efectivo son los siguientes:

    • Los de mediación en nombre y por cuenta ajena cuyo destinatario sea un empresario o profesional actuando como tal.
    • Los citados en las letras a) a m) del artículo 69.Dos LIVA cuyo destinatario sea un empresario o profesional actuando como tal (cesión de derechos de autor, patentes, licencias o marcas, asesoramiento, auditoría, ingeniería, abogacía, servicios financieros y de seguro, cesión de personal, arrendamiento de bienes muebles corporales y servicios prestados por vía electrónica entre otros).
    • Los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y de televisión cualquiera que sea su destinatario.
    • Los de arrendamiento de medios de transporte.
  3. Devengo en operaciones intracomunitarias

    El artículo 76 suprime el número 6º del apartado Uno del artículo 75 LIVA y el párrafo tercero del artículo 76 LIVA, eliminando las reglas especiales de devengo en las transferencias intracomunitarias de bienes, de tal forma que el devengo no se producirá en el momento en que se inicie la expedición o transporte de los bienes en el Estado miembro de origen, sino, conforme a la regla general de devengo de las entregas intracomunitarias de bienes, el 15 del mes siguiente a aquél en el que se inicie dicha expedición o transporte o bien, la fecha de expedición de la factura si ésta fuera anterior.

  4. Rectificación de cuotas impositivas repercutidas

    El artículo 77 modifica el apartado Tres del artículo 89 LIVA, en lo referente a la no procedencia de la rectificación de las cuotas impositivas repercutidas cuando sea la Administración Tributaria la que ponga de manifiesto, a través de las correspondientes liquidaciones, cuotas impositivas devengadas y no repercutidas mayores que las declaradas por el sujeto pasivo.

    Para que no puedan rectificarse las cuotas repercutidas se establece como requisito que resulte acreditado, mediante datos objetivos, que el sujeto pasivo participaba en un fraude, o que sabía o debía haber sabido, utilizando al efecto una diligencia razonable, que realizaba una operación que formaba parte de un fraude frente a la regulación anterior que exigía una conducta constitutiva de infracción tributaria.

  5. La prorrata general

    El artículo 78 modifica el número 1º del apartado Tres del artículo 104 LIVA para excluir del cálculo del porcentaje de deducción de la prorrata general, no computándose en numerador ni denominador, las operaciones realizadas desde establecimientos permanentes situados fuera del territorio de aplicación del impuesto conindependencia de dónde esté situado el establecimiento que soporte los costes.

    La anterior redacción de dicho artículo no computaba tales operaciones únicamente cuando los costes relativos a las mismas no eran soportados por establecimientos permanentes situados dentro del territorio de aplicación del impuesto.

    Esta modificación adecúa la normativa interna del impuesto a la jurisprudencia comunitaria (Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de septiembre de 2013, asunto C-388/11).

Con efectos de 31 de octubre de 2012 y vigencia indefinida: 

  1. Procedimientos administrativos y judiciales de ejecución forzosa

    El artículo 79 modifica con efectos retroactivos la disposición adicional sexta LIVA para permitir a los adjudicatarios, en los supuestos de entregas de bienes inmuebles en las que se produce la inversión del sujeto pasivo, expedir la factura y renunciar a la exención en nombre y por cuenta del transmitente.

    Esta facultad no era de aplicación en estos casos como consecuencia de la modificación de la disposición adicional sexta LIVA introducida por la Ley 7/2012 de 29 de octubre (BOE 30/10/2012) de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, cuya entrada en vigor se produjo el 31 de octubre de 2012.