De los economistas mediáticos es de los que mas simpatía tengo (fue mi primer profesor de Teoría Económica) a pesar que fue el primero que me suspendió. Os dejo algunos apuntes de la entrevista hecha en ViaEmpresa.cat publicada hoy (28/2/2015)

De los economistas mediáticos es de los que mas simpatía tengo (fue mi primer profesor de Teoría Económica) a pesar que fue el primero que me suspendió. Os dejo algunos apuntes de la entrevista hecha en ViaEmpresa.cat publicada hoy (28/2/2015)
Los sistemas que usan algunas compañías para eludir el pago de impuestos a través de ingresos de caja ocultos en ficheros informáticos han hecho que Hacienda ponga sus focos en atajar estas prácticas.
Un gran artículo. No hay nada como «hacer números» para ver que la cosa de la crisis está por un sitio y el de el crecimiento va por otro.
«Estimados» políticos que me «representan» como ciudadana:
Licenciada en Periodismo y Máster en Comunicación Corporativa, presto servicios de comunicación y dirección de equipos. Es decir, soy autónoma y vendo tiempo. Hoy por circunstancias, el día se me hace especialmente cuesta arriba. Por eso de lo difícil que nos lo ponen a los jóvenes (y no tan jóvenes) emprendedores aquí en España.
Ya que el sistema no me crea oportunidades, hace dos años y medio decidí ser yo la que apostara por mí, y me arriesgué y emprendí. Un poco a ciegas, porque no tenía ni idea del negocio que tenéis montado con mis impuestos. Vamos a ir por partes partiendo de una conclusión clara: Señores, tengo que facturar 2.000 euros para poder ganar 938 limpios, y eso que en mi caso no tengo que pagar local ni gastos de ese tipo. ¿Estamos locos? Pues una asume el reto, pero HOY…
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Hagamos un repaso a las preguntas que debemos hacernos para detectar un correo que intenta estafarnos:
Por último, si encuentras algún correo fraudulento en tu bandeja de entrada puedes avisarnos enviando un correo electrónico a:
incidencias@certsi.es (instituto nacional de ciberseguridad)
Fuente: Oficina Seguridad del Internauta
Foto: Flikr
LEY 58/2003, DE 17 DE DICIEMBRE, GENERAL TRIBUTARIA (cuya vigencia comienza el 2 de julio de 2004)
Artículo 114
Mediante la denuncia pública se podrán poner en conocimiento de la Administración tributaria hechos o situaciones que puedan ser constitutivos de infracciones tributarias o tener trascendencia para la aplicación de los tributos. La denuncia pública es independiente del deber de colaborar con la Administración tributaria regulado en los artículos 93 y 94 de esta ley.
Recibida una denuncia, se remitirá al órgano competente para realizar las actuaciones que pudieran proceder. Este Órgano podrá acordar el archivo de la denuncia cuando se considere infundada o cuando no se concreten o identifiquen suficientemente los hechos o las personas denunciadas. Se podrán iniciar las actuaciones que procedan si existen indicios suficientes de veracidad en los hechos imputados y éstos son desconocidos para la Administración tributaria. En este caso, la denuncia no formará parte del expediente administrativo.
No se considerará al denunciante interesado en las actuaciones administrativas que se inicien como consecuencia de la denuncia ni se le informará del resultado de las mismas. Tampoco estará legitimado para la interposición de recursos o reclamaciones en relación con los resultados de dichas actuaciones .
La Asociación Española de Banca (AEB), junto con 15 de sus bancos asociados, y en colaboración con la Fundación Junior Achievement, lanza el programa de Educación Financiera “Tus Finanzas, Tu Futuro”.
Todas las operaciones realizadas por los sujetos pasivos en el ejercicio de sus actividades empresariales o profesionales deberán contabilizarse o registrarse dentro de los plazos establecidos para la liquidación y pago del impuesto.
La contabilidad deberá permitir determinar con precisión: