Ya tenemos publicado desde hace unos días la Orden HAP/467/2015 que establece las condiciones de la próxima campaña de la Renta.
¿Plazo de esta campaña?
Artículo 9. Plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio.
1. El plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, cualquiera que sea el resultado de las mismas, será el siguiente:
a) El comprendido entre los días 7 de abril y 30 de junio de 2015, ambos inclusive, si la presentación de la declaración se efectúa por vía electrónica a través de Internet.
b) El comprendido entre los días 11 de mayo y 30 de junio de 2015, ambos inclusive, si la presentación de la declaración se efectúa por cualquier otro medio.
lo que significa este año que con tien una única fecha para el inicio de la campaña, tanto para la presentación de borradores de IRPF, como de declaraciones presentadas con el programa de ayuda PADRE y equivalentes. (Así ya no se discrimina a los que usen el programa PADRE). Y que la asistencia en oficinas, por tanto la cita previa a partir del 11 de mayo.
Esta bien recordar que puede ser de vuestro interés los siguientes teléfonos
- Información Tributaria Básica: 901 33 55 33 Atención de dudas tributarias De lunes a viernes, de 9 a 19 horas (hasta las 15 horas en agosto).
- Cita Previa: 901 200 351 De lunes a viernes de 9 a 19 horas.
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Centro de Atención Telefónica: 901 200 345 De lunes a viernes, de 9 a 19 horas (hasta las 21 horas de abril a junio y hasta las 15 horas en agosto)
Servicios de asistencia tributaria disponibles:
- Comunicación del cambio de domicilio fiscal (excepto obligados a presentar 036/037).
- Solicitud de pago anticipado de la deducción para madres trabajadoras.
- Gestión del borrador de declaración de Renta (en Campaña de Renta).
- Cl@ve PIN. Información y registro.
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Servicios automáticos: 901 12 12 24
De lunes a domingo, 24 horas al día
Servicios automáticos disponibles:
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Petición de etiquetas identificativas. Aportando los caracteres numéricos del NIF o NIE.
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Información del estado de la devolución del Impuesto sobre la Renta. Aportando los caracteres numéricos del NIF o NIE y el importe de la devolución solicitada (sin decimales).
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Solicitud de certificado de Renta. Aportando los caracteres numéricos del NIF o NIE y determinada casilla de la declaración de Renta del año anterior (se emite el último certificado disponible).
- Confirmación del borrador de declaración de Renta (en Campaña de Renta). Aportando los caracteres numéricos del NIF o NIE y el número de justificante del documento de ingreso o devolución.
«Cristóbal Montoro, Coordinador dEconomia del Partit Popular, als Dinars Cambra, 17 doctubre de 2011 (2)» por : Press Cambrabcn derivative work: Ecemaml – Disponible bajo la licencia CC BY-SA 3.0 vía Wikimedia Commons.
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