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Una vuelta sobre planes de pensiones


Llega fin de año y las entidades financieras vuelven a ofrecer este producto. Aunque no parezca que sea la mejor circunstancia no solo por la capacidad de ahorro de las familias, también por la misma evolución patrimonial de los fondos gestionados y las rentabilidades que han dado. Un apunte reciente lo marca el rescate por prestaciones de paro de larga duración en este 2012 es de unos 500 millones de euros para unos 82.000 beneficiarios. Y un colectivo como los funcionarios este año no dispone de paga extra para poder dedicar aportaciones a final de año. Su interés sigue residiendo de todas formas que es de las pocas opciones que quedan para poder ajustar la carga fiscal de este año.

Si tiene pensado hacer una aportación a su plan de pensiones recuerde :

  • calcular bien los límites de aportación que puede aprovechar, para usted o si es el caso para su conyugue o si se ha de realizar para un discapacitado.
  • La política de inversión de ese plan y por tanto su rentabilidad histórica, y las comisiones que tenga. Todo esto ha de añadirle que si le están haciendo una oferta por realizar una aportación extraordinaria o un traspaso de plan y es de su gusto aprovéchelo y tenga claro que condiciones tiene de permanencia.
  • Si es de los que no le gusta el riesgo recuerde ver bien la oferta hay de planes garantizados o los PPA (Planes de Previsión Asegurados) productos de seguros con el mismo funcionamiento de un plan de pensiones.

Por si no se acuerda de los límites generales que tienen las aportaciones los vigentes estos:

a) El importe de la reducción no puede exceder de 10.000 euros anuales. No obstante, si los contribuyentes son mayores de 50 años el límite máximo de la reducción será de 12.500 euros anuales.

b) La cuantía de la reducción no puede exceder del 30 por 100 de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio. Este porcentaje será del 50 por 100 para los contribuyentes mayores de 50 años.

Y recuede que cuando se recupere la prestación tributará como rendimiento de trabajo

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Por nbeltran

Degree in economics. Proud uncle of 2 nephews. Voluntario en CiJ.
Casi 20 años en temas bancarios. Tengo un blog para ayudar a entender la economía, la banca y los impuestos mas cercanos. Desde el lado humano.

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