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Renta 2015

FAQs-He recibido una subvención. ¿Cómo tengo que declararla? ¿Cómo modifico el borrador/declaración? #Renta2015


Como norma general, salvo que la Ley expresamente lo indique, todas las subvenciones o ayudas recibidas por personas que no realizan actividades económicas, tienen la consideración de ganancias patrimoniales, por lo que están sujetas y no exentas en el Impuesto sobre la Renta. Las que reciben las personas que realizan actividades económicas, pueden tener la consideración de rendimiento de la actividad o de ganancia patrimonial, según el destino de la subvención o ayuda.

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Renta 2015

¿ Qué tratamiento fiscal tiene el alquiler de una habitación en la vivienda habitual del contribuyente?


Así dice el texto de Informa de AEAT.es sobre esta pregunta

  • Las rentas que se obtengan por el arrendamiento de parte de un inmueble, en el que radica la residencia habitual del contribuyente, se calificarán como rendimientos íntegros del capital inmobiliario.
    Al constituir un supuesto de arrendamiento de bien inmueble destinado a vivienda, será de aplicación la reducción del rendimiento neto contemplado en el apartado 2 del artículo 23 de la LIRPF.
    Para su aplicación, en primer lugar, habrá que determinar la parte proporcional que de cada gasto corresponde imputar a la parte arrendada a fin de obtener la parte del rendimiento neto sobre la cual podrá practicarse la reducción. Dicha reducción del rendimiento neto atribuible a la parte arrendada se calculará aplicando un porcentaje distinto según la fecha de celebración del contrato: A)    Si el contrato se celebró antes del 1 de enero de 2011: Se aplicará un porcentaje de reducción del 50 por 100 o del 100 por 100, dependiendo de las circunstancias que concurran en el arrendatario.

     B)    Si el contrato se celebró a partir de 1 de enero de 2011: El porcentaje de reducción aplicable será del 60 por 100 o del 100 por 100, dependiendo de las circunstancias que concurran en el arrendatario.

Normativa/Doctrina
  • Artículo 23.2 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
  • Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0848 – 2008
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Banca

Algunas preguntas de las transferencias SEPA


¿Una transferencia nacional puede ser SEPA? 
Sí. Son SEPA aquellas transferencias en euros que se procesan tanto en el ámbito nacional como dentro del territorio del EEE, de conformidad con los requisitos establecidos en el Reglamento UE 260/2012. A partir del 1 febrero de 2014 necesariamente deberán cumplir dichos requisitos. Pueden consultarse sus principales características en su correspondiente ficha producto.
¿Cuál es el plazo máximo para que una transferencia SEPA llegue al beneficiario? 
El plazo máximo de ejecución es de 1 día hábil a partir del momento de emisión de la orden de transferencia, atendiendo a lo establecido en la Ley 16/2009, de servicios de pago.