Además de la posibilidad de fraccionamiento previsto en la normativa del IRPF por el cual la cuota se distribuye en dos pagos, el primero del 60% de su importe, en el momento de presentar la declaración, (…) y el segundo, del 40% restante, hasta el 5 de noviembre de 2013, siempre que la declaración se presente dentro del plazo establecido y no se trate de una declaración complementaria, se puede solicitar aplazamiento o fraccionamiento del pago, de acuerdo con lo previsto en el artículo 65 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y en los artículos 44 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.
Los medios para solicitar el aplazamiento son:
- Por Internet http://www.agenciatributaria.es Con: NIF/NIE y número de referencia, ó Certificado electrónico o DNI-e
- Personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria al presentar la declaración
Hasta aquí es lo que dice la AEAT es decir que si tienes que pagar lo que para ti es imposible la agencia tiene este procedimiento en 2 tramos si es mas o menos de 18.000€. El modelo lo encontraras en este link esta bien explicado para rellenarlo.
Consideraciones a tener en cuenta:
- Es un acuerdo que se tiene que llegar con la Administración Tributaria, se puede aportar toda la documentación que se crea oportuna.
- Es un crédito y por tanto tiene un coste, el de el tipo de interés de demora este 2013 es del 5%, mucho mas barato que cualquier banco. Es el mismo tipo que el año pasado.
- Buscando un poco sobre el volumen de aplazamientos :»En 2006, las empresas pidieron retrasar 2.855 millones en impuestos. En 2012, esa cifra alcanzó los 17.595 millones, según datos de la Agencia Tributaria. Un nivel sin precedentes. A Hacienda llegaron casi dos millones de solicitudes –otro récord– para pedir una tregua tributaria. En total, la Agencia Tributaria concedió, el año pasado, 8.536 millones de aplazamientos, aunque advierte que resulta erróneo relacionar esa cifra con los 17.595 millones de euros solicitados» Leido aquí