La integración de los minusválidos en la sociedad o mejor dicho la adaptación de la sociedad a todos los individuos, mas alla de su etiquetas, es algo que es dificil. Ya sea por su coste o porque hasta hace bien poco al diferente se le esconde o se le ignora.
En la legislación fiscal del IRPF tiene un amplio tratamiento derivado de mucha reivindicaciones y de la Ley de Depencia. A continuación pongo una recopilación de este tratamiento fiscal a este colectivo. El anuncio de una reforma fiscal para los próximos años no ha dicho nada de que pasara de momento. Pero lo que nos llega es que se tenderá a acabar con todas las deducciones y así se simplificará el impuesto. Espero que no sean malas noticias.
Definición
A los efectos del Impuesto sobre la Renta, tienen la consideración de discapacitados aquellos contribuyentes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Acreditación
El grado de discapacidad deberá acreditarse mediante certificado o resolución expedido por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) o por el órgano competente de las Comunidades Autónomas.
Se considerará acreditado un grado de discapacidad:
- Igual o superior al 33%, a los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y a los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
- Igual o superior al 65%, cuando se trate de discapacitados cuya incapacidad haya sido declarada judicialmente en el orden civil, aunque no alcancen dicho grado.
Rentas extentas (algunas)
- Las prestaciones económicas reconocidas por la Seguridad Social:
- Como consecuencia de Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez.
- Prestaciones familiares reguladas en el Capítulo IX, Título II del RD-Legislativo 1/1994 y las pensiones y haberes pasivos a favor de nietos y hermanos incapacitados para todo trabajo.
- Las cantidades percibidas de instituciones públicas con motivo del acogimiento de personas con discapacidad, en modalidad simple, permanente o preadoptivo o las equivalentes previstas en los ordenamientos de las CCAA.
- Las ayudas económicas otorgadas por instituciones públicas a personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65% para financiar su estancia en residencias o centros de día, siempre que el resto de sus rentas no excedan del doble del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM para 2012: 7.455,14 euros. LÍMITE: 14.910,28 euros).
- Las prestaciones por desempleo cuando se perciban en la modalidad de pago único, cualquiera que sea la cuantía de éste, por trabajadores discapacitados que se conviertan en trabajadores autónomos cualquiera que sea su cuantía.
- Las prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y asistencia personalizada que deriven de la Ley de promoción de la autonomía personal y atención en situación de dependencia
- No tendrán la consideración de renta las cantidades percibidas como consecuencia de las disposiciones que se hagan de la vivienda habitual (hipoteca inversa) por parte de las personas que se encuentren en situación de dependencia severa o gran dependencia, siempre que se lleve a cabo de conformidad con la regulación financiera relativa a los actos de disposición de bienes para asistir a las necesidades económicas de vejez y de la dependencia. La exención también se aplica cuando se transmite la nuda propiedad de la vivienda habitual, reservándose el titular el usufructo vitalicio de la misma.
Reducciones en rendimientos del trabajo para trabajadores minusválidos en activo
Se tiene que cumplir que el trabajador acredite, estar en activo y el grado de minusvalia, entonces:
Igual o superior al 33% e inferior al 65% | 3.264 € |
Igual o superior al 33% e inferior al 65% que acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida | 7.242 € |
Igual o superior al 65 % | 7.242 € |
Para saber mas adjunto el link del folleto publicado por Agencia Tributaria de toda la normativa fiscal para minusválidos de la Renta del 2012