Los IRS (interes rate swap) el cobro de instrumentos de cobertura para tipos de interés son ingreso exento y el pago de los mismos cuenta como gasto a sumar en la deducción de vivienda al resto de gastos (capital e intereses del préstamo hipotecario).
Dación en pago para recordar, que solo aquellos que cumplan las condiciones de estar en «umbral de exclusión», si se acogen a la dación en pago no tendrá consideración de ganancia patrimonial por estar exentas.
Se considerarán situados en el umbral de exclusión aquellos deudores de un crédito o préstamo garantizado con hipoteca sobre su vivienda habitual, cuando concurran en ellos todas las circunstancias siguientes:
a) Que todos los miembros de la unidad familiar carezcan de rentas derivadas del trabajo o de actividades económicas.(…)
b) Que la cuota hipotecaria resulte superior al 60 por cien de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.
c) Que el conjunto de los miembros de la unidad familiar carezca de cualesquiera otros bienes o derechos patrimoniales suficientes con los que hacer frente a la deuda.
d) Que se trate de un crédito o préstamo garantizado con hipoteca que recaiga sobre la única vivienda en propiedad del deudor y concedido para la adquisición de la misma.
e) Que se trate de un crédito o préstamo que carezca de otras garantías, reales o personales o, en el caso de existir estas últimas, que en todos los garantes concurran las circunstancias expresadas en las letras b) y c).
f)En el caso de que existan codeudores que no formen parte de la unidad familiar,deberán estar incluidos en las circunstancias a), b) y c) anteriores
Es decir que se podrá acoger poca gente como explico en su día el portal inmobiliario idealista.com
Si te acuerdas de oír hablar de las SICAV, pues olvidalo, el último instrumento de inversión son las SOCIMI Los dividendos que reparten están totalmente exentos de cara al IRPF como rendimiento de capital mobiliario y la transmisión de sus participaciones también esta exento de ser considerado ganancia patrimonial.