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Bonificaciones Ley de Autónomos que entran en vigor el 01/01/2018


La nueva ley de Autónomos aprobada este año (2017) y vigente desde finales del mes de octubre deja algunos beneficios para entrada en vigor a principios del año 2018. Principalmente es una modificación de la llamada Tarifa Plana de los 50 € que pasa de 6 a 12 meses, pero hay mas que quedan de la siguiente manera.

¿Qué se tiene que cumplir para acceder?

A partir del 01/01/2018 si una persona se de alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los 2 años (ó 3, si hubieran disfrutado del beneficio en un periodo anterior) inmediatamente anteriores a contar desde la fecha de alta ,en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos yen el Régimen Especial de los Trabajadores del mar con Grupo 1 de cotización (xviii)

De forma general se beneficia de

Reducción inicial:
Reducción 50€/mes en los 12 primeros meses, si se elige Base mínima;
ó Reducción del 80% (sobre cuota B mínima) durante los 12 primeros meses, si se elige Base > mínima.

Reducciones/bonificaciones posteriores sobre la cuota que resulte de aplicar sobre la Base mínima el tipo que corresponda:
a)Reducción del 50% durante los 6 meses siguientes
b)Reducción del 30% durante los 3 meses siguientes
c)Bonificación del 30% durante los 3 meses siguientes

Si es hombre menor de 30 años o mujer menor de 35 :
(Después de la Reducción inicial)
Bonificación del 30% durante los 12 meses siguientes de la cuota que resulte de aplicar sobre la Base mínima el tipo que corresponda

Y si tiene un grado de minusvalía > o igual al 33%, es víctima de violencia de género o víctima del terrorismo las bonificaciones quedan de la siguiente manera
Reducción inicial:
Reducción 50€/mes en los 12 primeros meses, si se elige Base mínima; ó Reducción del 80% (sobre cuota B mínima)
durante los 12 primeros meses, si se elige Base > mínima.
Reducciones/bonificaciones posteriores sobre la cuota que resulte de aplicar sobre la Base mínima el tipo que corresponda:
Bonificación del 50% durante los 48 meses siguientes

Fuente :TGSS

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Por nbeltran

Degree in economics. Proud uncle of 2 nephews. Voluntario en CiJ.
Casi 20 años en temas bancarios. Tengo un blog para ayudar a entender la economía, la banca y los impuestos mas cercanos. Desde el lado humano.

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